Amparo ambiental por extracción de arenas en el río Paraná

Autor y fecha:

Cauce Ecológico, Agosto 2023

Autor y fecha:

Cauce Ecológico, Agosto 2023

En el marco del monitoreo y seguimiento de actividades extractivas en los humedales, Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista presentó una acción de amparo ambiental preventivo contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y la empresa Arenas Argentinas del Paraná por otorgar la autorización para extraer arenas silíceas en un sitio específico del río Paraná –entre los kilómetros 559 y 561–, sin contar con un proceso correcto de evaluación de impacto ambiental.

En la acción, interpuesta el 15 de julio, solicitamos una medida pre-cautelar con el objeto de que la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A. informe si ha comenzado a realizar tareas de extracción de arenas del sitio habilitado por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos sin el estudio de impacto ambiental adecuado para tal autorización (CAA). También, como medida cautelar innovativa,  para que proceda a la interrupción inmediata si ya comenzó a ejecutar este tipo de tareas y para que se abstenga en caso de no haber iniciado con la actividad.

Pedido a la justicia

En el escrito, CAUCE solicitó a la justicia que ordene al gobierno provincial realizar una correcta evaluación de impacto ambiental de la actividad que pretende desarrollar la Empresa Arenas Argentinas del Paraná, realizar un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo y que se dicten las medidas necesarias para prevenir daños ambientales en el río Paraná, principalmente en la zona de Paraná Medio y sus humedales.

“En su carácter de garante de la protección ambiental y de todos los recursos que le pertenecen por encontrarse en su territorio, de conformidad con lo normado por el artículo 85 de la Constitución Provincial y Decretos 4977/09 y 3498/16, no ha desarrollado acciones preventivas concretas ni estudios adecuados respecto de los impactos ambientales acumulativos que implica la autorización que ha otorgado a más de 40 empresas para que realicen dragados, en distinta escala, en el río Paraná, especialmente en áreas naturales protegidas como lo son la RUM Paraná Medio, la RUM Humedales e Islas de Victoria y la RUM De los Pájaros y sus Pueblos Libres (todas territorio PIECAS, también)”, indicó el texto respecto de la no actuación del Estado provincial.

En el caso de la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A., la Fundación pidió que presente un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de la zona específica en la que realizaría –o pretende realizar– la actividad extractiva (km 559/561) porque en el que se basó la Secretaria de Ambiente para su autorización es un EsIA de 2017 de otro sitio -ubicado entre los kilómetros 517 a 523 en cercanías al departamento de Diamante-, sin contemplar las diferencias en las características físicas, biológicas y socioeconómicas entre ubicaciones ni la temporalidad. es decir los cambios ambientales y ecosistémicos que han sucedido en estos seis años.

Además, CAUCE solicitó que se garantice una adecuada participación ciudadana en el proceso, ya que en el expediente se acredita que la difusión se dio en un medio local de Diamante y otro de la ciudad de Concordia.

En el marco del monitoreo y seguimiento de actividades extractivas en los humedales, Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista presentó una acción de amparo ambiental preventivo contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y la empresa Arenas Argentinas del Paraná por otorgar la autorización para extraer arenas silíceas en un sitio específico del río Paraná –entre los kilómetros 559 y 561–, sin contar con un proceso correcto de evaluación de impacto ambiental.

En la acción, interpuesta el 15 de julio, solicitamos una medida pre-cautelar con el objeto de que la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A. informe si ha comenzado a realizar tareas de extracción de arenas del sitio habilitado por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos sin el estudio de impacto ambiental adecuado para tal autorización (CAA). También, como medida cautelar innovativa,  para que proceda a la interrupción inmediata si ya comenzó a ejecutar este tipo de tareas y para que se abstenga en caso de no haber iniciado con la actividad.

Pedido a la justicia

En el escrito, CAUCE solicitó a la justicia que ordene al gobierno provincial realizar una correcta evaluación de impacto ambiental de la actividad que pretende desarrollar la Empresa Arenas Argentinas del Paraná, realizar un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo y que se dicten las medidas necesarias para prevenir daños ambientales en el río Paraná, principalmente en la zona de Paraná Medio y sus humedales.

“En su carácter de garante de la protección ambiental y de todos los recursos que le pertenecen por encontrarse en su territorio, de conformidad con lo normado por el artículo 85 de la Constitución Provincial y Decretos 4977/09 y 3498/16, no ha desarrollado acciones preventivas concretas ni estudios adecuados respecto de los impactos ambientales acumulativos que implica la autorización que ha otorgado a más de 40 empresas para que realicen dragados, en distinta escala, en el río Paraná, especialmente en áreas naturales protegidas como lo son la RUM Paraná Medio, la RUM Humedales e Islas de Victoria y la RUM De los Pájaros y sus Pueblos Libres (todas territorio PIECAS, también)”, indicó el texto respecto de la no actuación del Estado provincial.

En el caso de la empresa Arenas Argentinas del Paraná S.A., la Fundación pidió que presente un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de la zona específica en la que realizaría –o pretende realizar– la actividad extractiva (km 559/561) porque en el que se basó la Secretaria de Ambiente para su autorización es un EsIA de 2017 de otro sitio -ubicado entre los kilómetros 517 a 523 en cercanías al departamento de Diamante-, sin contemplar las diferencias en las características físicas, biológicas y socioeconómicas entre ubicaciones ni la temporalidad. es decir los cambios ambientales y ecosistémicos que han sucedido en estos seis años.

Además, CAUCE solicitó que se garantice una adecuada participación ciudadana en el proceso, ya que en el expediente se acredita que la difusión se dio en un medio local de Diamante y otro de la ciudad de Concordia.

“Estas acciones y omisión constituyen actuales amenazas que implican un riesgo real e inminente para la conservación y protección del ambiente acuático del río Paraná y sus áreas naturales protegidas. Con esta acción pretendemos la anticipación para evitar que se causen mayores daños y se disminuya la magnitud de los ocurridos”, se señaló desde CAUCE. 

Participación ciudadana

El juez a cargo Hugo González Elías, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo n°1 de Paraná, convocó a que “todo aquel habitante de la provincia de Entre Ríos interesado en la defensa adecuada de sus intereses y derechos de incidencia colectiva que se discuten en el juicio podrá presentarse por escrito a la casilla de correo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo n°1 de Paraná y manifestar lo que entienda pertinente”.

✉️ seccamcontad-pna@jusentrerios.gov.ar

NOTA COMPLETA: https://cauceecologico.org/?p=4415

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